APOSTILLA DE DOCUMENTOS ARGENTINOS:
ATENCIÓN: Se informa que los canales habilitados para gestiones de apostillas y legalizaciones con validez internacional son los informados en el presente sitio oficial, y que cualquier otra metodología de gestión o tramitación por medio de terceros puede no ser confiable. Por tal motivo se recuerda la necesidad de verificar toda apostilla o legalización de validez internacional en el sitio www.argentina.gob.ar/legalizac
La apostilla de documentos públicos argentinos puede realizarse por tres vías distintas:
1) Trámites a Distancia (TAD)
Puede utilizarse ya sea para documentos en soporte papel o electrónico, que se adjunten en formato PDF o JPEG, firmados en forma digital u ológrafa.
El trámite puede ser gestionado por el titular del documento a apostillar, o bien por un tercero, siempre que sea mayor de 18 años y cuente con CUIL, Clave Fiscal Nivel 2 (o superior) y cuenta bancaria en la República Argentina. A fin de comenzar el trámite deberá ingresar al siguiente enlace y seguir los pasos allí indicados:
https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=2865
Si la persona que desea realizar el trámite vía TAD no cuenta con Clave Fiscal, podrá solicitarla vía Internet. Para mayor información, sírvase consultar el siguiente enlace:
https://www.afip.gob.ar/claveFiscal/informacion-basica/solicitud.asp
Deberá tener en cuenta, que los documentos emitidos por autoridad provincial en formato papel, deben contar con previa intervención del Ministerio del Interior. Para mayor información, sírvase consultar el siguiente enlace:
https://legalizaciones.mininterior.gob.ar/public/controller/index.php
2) A través del Consulado:
Si usted no cuenta con alguno de los requisitos necesarios para tramitar la apostilla vía TAD, podrá realizar la apostilla de sus documentos a través del Consulado, siguiendo los siguientes pasos:
1. Enviar un correo electrónico a la casilla secon_efran@mrecic.gov.ar adjuntando en un solo PDF el documento que requiere apostilla (con previa intervención del Ministerio que corresponda -Interior, Educación, Salud-).
2. Una vez que se reciba su solicitud, le enviaremos un correo electrónico con las instrucciones de pago y el RIB del Consulado (costo 36 EUROS). Cuando usted efectúe el pago, deberá informar al Consulado por correo electrónico la fecha y el nombre de quien ha efectuado la transferencia. Se podrá proseguir con el trámite sólo una vez que el pago se haya acreditado en la cuenta bancaria del Consulado.
3. Una vez que se reciba el documento apostillado, le será enviado vía correo electrónico.
3) A través de Colegio de Escribanos:
Los documentos públicos argentinos pueden apostillarse en los Colegios de Escribanos de todo el país. Se sugiere tomar contacto con el Colegio de Escribano correspondiente a fin de conocer los requisitos a cumplir. En la página Web del CFNA, www.cfna.org.ar/colegios, se podrán consultar los datos de cada Colegio. Recuerde que las apostillas y legalizaciones con validez internacional tramitadas en los Colegios de Escribanos, no requieren la intervención previa del Ministerio de Interior.
APOSTILLA DE DOCUMENTOS FRANCESES:
Para información sobre apostilla de documentos franceses, sírvase consultar el siguiente enlace:
https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/R47867